Bienes Personales

MODIFICACIONES DEL MÍNIMO NO IMPONIBLE Y ALÍCUOTAS

BIENES PERSONALES

MODIFICACIONES DEL MÍNIMO NO IMPONIBLE Y ALÍCUOTAS

Se efectúan las siguientes modificaciones en el impuesto sobre los Bienes Personales:

* Se incrementa a $ 6.000.000 el mínimo no imponible del impuesto, y se eleva a $ 30.000.000 el monto hasta el cual quedarían no alcanzados por el gravamen los inmuebles destinados a la casa habitación.

* También se prevé la actualización automática y anual del mínimo no imponible y de las escalas del impuesto en base a la variación del IPC, y se agregan dos niveles nuevos para los patrimonios del país que superan los 100 millones de pesos y los 300 millones de pesos con una alícuota del 1,5% y 1,75% respectivamente. 

En otro orden y con respecto al impuesto a las Ganancias, se faculta al Poder Ejecutivo en el año 2022 a incrementar el importe de las remuneraciones a las que no se les debe retener el impuesto y la determinación de los importes de la deducción adicional que incrementa la deducción especial para determinadas remuneraciones, como así también el importe del sueldo anual complementario que pasa a quedar eximido del impuesto.

 

LEY (Poder Legislativo Nacional) 27667

BO (Nacional): 31/12/2021

LEGISLACIÓN BIENES PERSONALES.

DISPOSICIONES RELATIVAS A LA ALÍCUOTA DIFERENCIAL PARA BIENES EN EL EXTERIOR Y LA REPATRIACIÓN

Se incorpora a la reglamentación del gravamen las disposiciones relativas a la aplicación de la alícuota incrementada del gravamen para bienes en el exterior y las relativas a la repatriación de bienes para evitar las alícuotas incrementadas.

Por otra parte también se establece la actualización anual del mínimo no imponible, del importe de la casa habitación que queda no alcanzada por el gravamen; y los distintos tramos de las escalas que determinan las alícuotas para los bienes del país y del exterior.