Monotributo Beneficio Cumplidores

Fuente: https://www.afip.gob.ar/noticias/20201109-moratoria-beneficios-para-contribuyentes-cumplidores.asp

La moratoria 2020 contemplo beneficios para contribuyentes cumplidores: las exenciones para los monotributistas, la deducción especial del impuesto a las Ganancias para los autónomos y el mecanismo de amortización acelerada para las micro y pequeñas empresas.

En lo que hace a los Monotributistas, la RG (AFIP) 4855 estableció la eximición del componente impositivo dentro del pago mensual a partir del período fiscal enero 2021 y por una determinada cantidad de meses, en función a la categoría en la que se encuentre registrado el sujeto beneficiario al 26/8/2020 (se puede ver detalle en el link AFIP adjunto).
Este mes se observa, en los saldos de la Cuenta Corriente para Monotributistas y Autónomos -CCMA-, que, en la posición de febrero 2021 de un contribuyente cumplidor recategorizado, que tiene una categoría superior a la que tenía en el mes de agosto de 2020, la AFIP ha eximido de la totalidad del componente impositivo.
Podría interpretarse de esta forma otorgará el beneficio en estos casos sin importar la categoría actual del contribuyente siempre que se encuentre dentro del límite de los $17.500 que estableció la norma para este beneficio; pudiendo ocurrir asimismo que se llegue a ese tope en menos meses.